A- de 2010
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Pedro Felipe Romero Romero Vs. Consorcio Fidufosyga 2005
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Tribunal Superior
- Reiteración Auto 124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia, el proceso le correspondió por reparto a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito de San Gil dicho Tribunal ordenó la remisión del expediente a nuevo reparto ya que la demanda se dirige a juez administrativo, el Juzgado Administrativo de Circuito de San Gil, no avocó el conocimiento del expediente y ordenó su devolución.
La Sala recuerda que en virtud de los principios de informalidad, sumariedad y celeridad, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil fue a la autoridad a quien le correspondió el reparto y por lo tanto ha debido darle trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 1º de diciembre de 2009, proferido por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil.
- Segundo. REMITIR a la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de San Gil, el expediente de la referencia para que de forma inmediata, continúe el trámite de la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado por el señor Pedro Felipe Romero Romero, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. Por Secretaría General, comuníquese al Juzgado Administrativo del Circuito de San Gil, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.